• Si el Titular es: persona Jurídica, debe otorgar el poder al Agente, y el poder, a su momento debe estar inscripto en la DINAPI (ver requisitos de registro de poder).
“Yo veía un gran potencial de crecimiento https://antonjuhp223872.review-blogger.com/51996873/servicios-de-registro-de-marcas-fundamentos-explicación